
Journal of Economic and Social Science Research | Vol. 06 | Num. 04 | Oct – Dic | 2026 pág. 35
Marco normativo del uso del suelo en Ecuador
Respecto al marco normativo, se debe señalar que el COOTAD otorga a los Gobiernos
Autónomos Descentralizados, la competencia de planificar el desarrollo y ordenar el
territorio, no obstante, no es una competencia homogénea entre niveles de gobierno;
ya que, los GAD municipales y metropolitanos, regulan de forma exclusiva la
clasificación, subclasificación, uso y gestión del suelo urbano y rural a través del Plan
de Uso y Gestión del Suelo (PUGS), mientras que, el GAD provincial, tiene una
influencia complementaria que está relacionada a la vialidad rural, riego y drenaje,
gestión ambiental y fomento productivo (Barros, 2024). Esta distinción es fundamental
para el contexto donde se desarrollar esta investigación, considerando que, el GAD
Provincial y los GAD municipales, tienen sus operaciones en el mismo territorio, pero
con instrumentos y competencias distintas, haciendo necesario la implementación de
una coordinación explícita, que la normativa no garantiza. De acuerdo con lo
estipulado en el artículo 18 de la LOOTUGS, el suelo urbano se subclasifica en
consolidado, no consolidado y de protección; además, de acuerdo con el artículo 19,
el suelo rural se subclasifica en de producción, de aprovechamiento extractivo, de
expansión urbana y de protección, cada uno con un tratamiento urbanístico específico,
que constituye uno de los ejes más importantes con los que, el sector público, impone
reglas para guiar la transformación material del territorio. La vigilancia de este régimen
corresponde a la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, que bajo la
Resolución SOT-DS-2020-008 tipifica como infracción muy grave la transformación
ilegal de suelo rural a urbano, o de suelo rural de producción a suelo rural de
expansión urbana (Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del
Suelo, 2020). A nivel nacional, este marco cantonal y provincial, debe además
alinearse con el Plan Nacional de Desarrollo (Secretaría Nacional de Planificación,
2025).
Cambio de cobertura vegetal en Cotopaxi
Respecto a los cambios en la cobertura vegetal, la evidencia empírica buenas que se
han realizado investigaciones en distintas parroquias de la provincia, donde se ha
encontrado patrón consistente de presión antrópica sobre los ecosistemas
altoandinos. En Isinliví (cantón Sigchos), el análisis de cobertura vegetal entre 2013 y
2022, determinó que el 42,75% del territorio de páramo analizado, sufrió cambios
drásticos con la agricultura de altura como principal responsable del retroceso de la
vegetación arbustiva y herbácea (Ugsha, 2023). Así mismo, en la comunidad
Salamalag Chico (parroquia Guangaje, cantón Pujilí), la tierra arbustiva y herbácea de
páramo, decreció del 50% de la superficie comunal en 2014 al 43% en 2018, con una
recuperación parcial al 48% en 2022, que se atribuye al abandono temporal o rotación
de cultivos. En el mismo periodo, la cobertura forestal, que ha estado ocupada
mayoritariamente por plantaciones exóticas de pino, disminuyó del 7% al 2%
(Quillupangui, 2023). En la parroquia Belisario Quevedo, de acuerdo con Shigui (2025)
y en la comuna Ashigua de la parroquia Mulaló, de acuerdo con los estudios de Albán,
(2025), ubicadas en el cantón Latacunga, los análisis demuestran una expansión