un avance destacable dentro de lo que respecta al derecho laboral tecnológico, es
fundamental que se proteja los derechos que se han desplegado de esta modalidad,
además de la Constitución, la normativa supranacional también respaldó la protección
integral de estos derechos, considerándose no únicamente la implementación de las
medidas de protección, sino también lo que es la intervención para el cumplimiento a
través de la parte empleadora, la trabajadora y el Estado, el cual reconoce diferentes
tipos de modalidades del teletrabajo. (Muy Pérez, 2020)
La modalidad teletrabajo presta sus servicios en tres formas diferentes para operar,
como nos indica Efraín Muy (2020), la primera se encuentra denominada como
autónoma, porque el empleado elige un lugar en específico para realizar sus tareas o
actividades, lo más común es que sea su domicilio o un lugar que se haya antepuesto
siendo el caso de un telecentro. La segunda forma es suplementaria, conocida por ser
mixta, ya que el teletrabajador labora en dos partes que es en la empresa como en su
domicilio. Y por último se tiene la forma móvil, en esta se ha utilizado siempre el
dispositivo móvil como medio para la ejecución de las actividades que programa la
empresa, esta forma no ha contado con un lugar físico definido para trabajar. Cabe
señalar que las tres formas que se manifestó en dicha modalidad evidenciaron el
fuerte impacto económico que tiene en la dinámica de las empresas.
La adaptación de esta modalidad de trabajo ha provocado que las empresas hayan
realizado cambios en su organización por el fuerte impacto económico que tendrían
en su dinámica laboral, estos efectos pueden ser tanto positivos como negativos en la
economía de las PYMES, del cual su participación estuvo perpetuamente presente en
tres destacados elementos que son los costos, gastos y rendimiento empresarial,
puesto que el teletrabajo ha estado operando conjuntamente con las tecnologías de
la información y comunicación (TIC), por lo tanto las empresas han tenido que contar
con la tecnología adecuada para la ejecución de sus actividades, además de
considerarse otros aspectos, por ello se consideró que tiene tanto impacto positivo y
negativo el teletrabajo en la economía de las pequeñas y mediana empresas (PYMES)
de Santo Domingo de los Tsáchilas.
Los costos siendo uno de los elementos del teletrabajo tuvo un impacto en la
economía de las PYMES, por lo que es necesario recordar que para operar la empresa
se debe recurrir a la adquisición de ciertas herramientas, de modo que estas son
estimadas reembolsables, es decir, se recuperaran mediante el rendimiento
empresarial elemento que también fue influenciado representada por el nivel de
ventas y/o transacciones comerciales que haya efectuado la empresa en un
determinado periodo, cabe destacar que se encontró involucrado la mano trabajadora
teniendo relación directa con el rendimiento, como último elemento se destacó el
impacto en los gastos empresariales necesarios para la continuidad y funcionamiento
de las actividades.
Por consiguiente, los tres elementos que se describieron en el párrafo anterior fueron
los más afectados con la adaptación del trabajo virtual desde casa, se evidenció en